El PP denunció la entrevista que el presidente del Gobierno concedió a La Sexta tras la exhumación de Franco
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido abrir un expediente sancionador contra Pedro Sánchez por la entrevista que concedió a La Sexta tras la exhumación de Franco. Cuestionando además que en dicha entrevista se produjeron manifestaciones «electoralistas», además de que posteriormente se colgó en la web de La Moncloa junto a la transcripción de la misma. Es decir, tanto por sus mensajes como por utilizar «medios institucionales para hacerla y difundirla».
Aunque la JEC considera que las declaraciones de Sánchez no incumplen el artículo 53 de la Ley Electoral, «atendiendo a las circunstancias que rodean la entrevista de referencia, así como al hecho de que ya se efectuó en fecha reciente apercibimiento a todos los miembros del Gobierno para que se abstuviesen de vulnerar el principio de neutralidad que los poderes públicos están obligados a respetar durante el proceso electoral», se ha decidido la apertura de un expediente sancionador.
La Junta Electoral ha tomado esta decisión después de que el pasado 17 de octubre se advirtiese ya a los miembros del Gobierno en funciones que se abstuvieran de hacer declaraciones electoralistas porque, si no, les abrirían procedimiento sancionador.La Junta Electoral ha tomado esta decisión después de que el pasado 17 de octubre se advirtiese ya a los miembros del Gobierno en funciones que se abstuvieran de hacer declaraciones electoralistas porque, si no, les abrirían procedimiento sancionador.
Asimismo, la Junta ha decidido incoar otro expediente a la ministra de Educación y portavoz, Isabel Celaá. En su caso por haberse referido desde esa tribuna con fines electorales a los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA).
En ambos casos el apercibimiento viene motivado a partir de una denuncia del PP. La JEC recuerda que todo el Ejecutivo en funciones ya estaba apercibido por vulnerar la neutralidad en dos ruedas de prensa del Consejo de Ministros.
En el caso de Sánchez la JEC dice que el uso de salas de La Moncloa para esta etrevista, es allí donde Sánchez concede la gran mayoría, que esa cuestión por sí sola «podría no determinar la vulneración», sí entienden que «la escenografía en la que se desarrolla, con utilización de símbolos y elemntos públicos, conlleva poner al alcance de uno de los contendientes de las elecciones la posibilidad de utilizar medios institucionales que no están disponibles para los restantes candidatos, con el consiguiente quebrantamiento del principio de igualdad de armas», justifica el árbitro electoral....
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