La DGT recibió este lunes un varapalo: una sentencia judicial le impide multar y quitar puntos sin saber quién conducía el vehículo, según informa COPE.es.
Se trata de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 6 de Madrid, que el pasado mes de mayo anuló una multa de estas características, según adelantó el diaro El Español.
Según la sentencia, de esta forma se vulnera la presunción de inocencia. La multa en cuestión fue por exceso de velocidad, cuando el helicóptero captó a un vehículo a 160 kilómetros por hora en un tramo cuya velocidad máxima era de 120.
El propietario del vehículo se negó a identificar al conductor y el letrado recurrió a la multa de 300 euros y dos puntos del carné impuesta por la DGT.
Tras presentar el recurso, la sentencia hace referencia a la velocidad, sino que se centra en que «no existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor del vehículo».....http://www.abc.es/ MRF
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