El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido el recurso del Gobierno para impugnar la investidura a distancia de Puigdemont. Pero con matices. Los magistrados salvan la propuesta de candidatura del expresidente de la Generalitat, al considerar que sus derechos civiles permanecen intactos (y por tanto, puede ser propuesto como candidato), pero, según ha podido saber ABC, rechazan una investidura del diputado huido que no sea presencial. De acordarse esta decisión, impedirían que el prófugo fuera investido de forma telemática desde Bélgica y evitarían que el Ejecutivo tuviera que impugnar el acuerdo de investidura una vez celebrado el Pleno.
El debate en el TC ha sido intenso y más largo de lo esperado. Hasta el último momento se ha intentando conseguir la unanimidad de todos los magistrados, que eran once, porque el conservador Andrés Ollero no ha podido acudir al encontrarse enfermo.
Los magistrados han afrontado, de partida, divididos el debate de la admisión, centrado sólo en que el recurso cumpliera los requisitos formales.
Requisitos formales
El Pleno solo ha estudiado la admisión a trámite, es decir, si se cumplen o no los requisitos formales para que tenga lugar. La admisión es fruto de una votación en la que puede haber discrepancias entre unos magistrados y otros. No se espera un debate largo porque no se aborda el fondo del asunto, es decir, la inconstitucionalidad o no de la propuesta de la candidatura de Puigdemont para la investidura.
La admisión a tramite implicará la suspensión automática de la propuesta, a la que ha apelado el Ejecutivo en virtud del artículo 161.2 de la Constitución. Esto implica que la decisión del TC, en caso de ser favorable a las aspiraciones del Gobierno, frustrará cualquier posibilidad de que el huido Puigdemont sea presidente de la Generalitat. Es remota la posibilidad de que los independentistas decidan esperar un máximo de cinco meses con la actividad parlamentaria paralizada.
Sorpresa absoluta
Para el TC fue una absoluta sorpresa el anuncio hecho el jueves por la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, de que el Ejecutivo impugnaría la candidatura de Puigdemont. (Así lo explicó en directo). Los magistrados del órgano de garantías y los consejeros del órgano consultivo del Gobierno no contemplaron en ningún momento que el Ejecutivo actuara a priori sobre la propuesta que el lunes por la mañana formuló el nuevo presidente del Parlamento catalán: la del expresidente de la Generalitat y ahora diputado huido. El único acto impugnable de forma anticipada que se preveía era sobre una convocatoria del Pleno en la que, además de proponer como candidato al prófugo, se hiciera una alusión expresa a que ese debate se llevaría a cabo de forma telemática o por delegación. En este caso el dictamen del Consejo de Estado habría sido distinto, según la literalidad del texto de su respuesta al Gobierno. En él sostiene afirmaciones como que «una resolución del Parlamento de Cataluña que autorizase de forma expresa la intervención a distancia del candidato propuesto a través de medios telemáticos o persona interpuesta (...) sería contraria al orden constitucional». Igual que un acuerdo de la cámara autonómica «en virtud del cual se invistiera al candidato propuesto sin su previa intervención personal y presencial». Lo mismo puede decirse de la delegación del voto en el caso de los exconsejeros huidos. Pero ninguno de estos supuestos es objeto del recurso del Gobierno.
Por ello, fuentes del TC confiesan su «inquietud y preocupación» a la hora de abordar esta impugnación, no ya por el riesgo de que la unanimidad se rompa, cuestión que en este momento es arriesgado anticipar –porque los magistrados no han tomado posición al respecto–, sino porque es la primera vez desde que comenzó el plan de ruptura de los independentistas que la respuesta del Estado de Derecho no es una.......http://www.abc.es/ MRF
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