El Valle de los Caídos estará donde está y no solo es un símbolo
franquista, sino español, de reconciliación de ambos bandos tal y como
están enterrados de todos los tipos, y que se dejen de tonterías que
ninguno de los vencidos quisieron estar allí enterrados porque tampoco
quisieron los vencedores, y menos aun de algo que ni existía, de hecho
no quería ni Franco.
Muchos partidos que quieren eliminar el Valle de los Caídos o
adulterarlo debería callarse ya que son descendientes o alagan a los
responsables de la guerra civil española y todo su sufrimiento y por
tanto muchos de esos partidos deberían ser ilegalizados o en el mejor de
los casos depurados.
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El 10 de mayo de 2016 Dani Mateo y José Miguel Monzón, conocido como
el Gran Wyoming, dedicaron una sección de su programa El Intermedio, en
La Sexta, a insultar al Valle de los Caídos y faltar al respeto a los
sentimientos de los católicos. En concreto fue Mateo, colaborador de
Monzón, quien afirmó: “El Valle de los Caídos, alberga la Cruz cristiana
más grande del mundo, con doscientas mil toneladas de peso y ciento
cincuenta metros de altura, el triple de lo que mide la torre de Pisa. Y eso es porque Franco quería que esa Cruz se viera de lejos, normal, porque quien va a querer ver esa mierda de cerca".La Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos (ADVC) interpuso acciones judiciales ante lo que consideraban un delito contra los sentimientos religiosos. Tras ser inadmitida la querella por el Juzgado de Instrucción número 4 de Alcorcón, el recurso de apelación ha sido admitido por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Madrid.
En el auto, al que ha tenido acceso La Gaceta, señala que la inadmisión por parte del Juzgado de Instrucción era una “merma del derecho a la tutela judicial efectiva de los querellantes”. Y considera que los comentarios vertidos en el programa de La Sexta podría haber un delito de odio tipificado en el art. 510 del Código Penal.
La Audiencia Provincial de Madrid considera que el empleo de expresiones ofensivas o “gravemente despectivas” al referirse a una cruz supone un ataque contra un grupo de personas.. También considera que este tipo de afirmaciones no son apropiadas para “utilizarlas en un medio de comunicación pública”. También explica que el empleo no se ha dirigido solamente contra un elemento arquitectónico, como es el Valle de los Caídos, sino a un “objeto de evidente contenido religioso”. Continúa afirmando que es una “ofensa en su exposición pública que es preciso evitar para no dañar los legítimos derechos de los perjudicados a no tener que soportar la ofensa a la citada Cruz”.
En los fundamentos de derecho del auto, consideran que los querellantes están en su derecho a exigir la declaración de Wyoming y Mateo: “Razón tiene el querellante cuando reclama que se reciba declaración a los querellados ya que no se trata de una mera obra arquitectónica como lo sería un objeto cultural sin más”. Y por eso “la relación de la obra como símbolo religioso sí que otorga la razón jurídica a la parte recurrente para que se estime el recurso y se admita a trámite la querella”.
Y termina el auto con la parte dispositiva en la que se establece que “La sala acuerda: estimar el recurso de apelación interpuesto por la representación legal de Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos frente al auto de fecha 2 de diciembre de 2016 (…) y acordar la admisión a trámite de la querella y la práctica de las diligencias que se interesen por la parte querellante”.
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MRF
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